Tenemos el agrado de informarles que en el Plan de Desarrollo “Bogotá Humana” del Alcalde de Bogotá Gustavo Petro, radicado el día de hoy en el concejo de Bogotá ha sido incluido un artículo donde por primera vez se encuentran mencionados los animales en un plan de desarrollo.
El punto 3 del artículo 31 hace mención a la protección de la fauna doméstica, sustitución integral de los vehículos de tracción animal, eliminación de la exhibición de animales en espectáculos circenses y hacer exigible el cumplimiento de las condiciones definidas en la sentencia C-666 de 2010, para los espectáculos contenidos en el artículo 7 de la Ley 84 de 1989. Sobre este último punto se refiere a las excepciones de la ley de protección animal colombiana (corridas de toros, becerradas, novilladas, coleo, riñas de gallos, etc.). Si bien es cierto no hay nada especialmente nuevo en la formulación, y con la sola sentencia de la Corte Constitucional ya era exigible, la aclaración de la ambigüedad de tal sentencia y sus posibles alcances ya hacen parte oficial de la agenda misma de la alcaldía y la obliga a generar los mecanismos para su cumplimiento, junto a los que los colectivos animalistas han venido desarrollando y ejecutando. A pesar de que lastimosamente la Sentencia no habla de abolición de la tauromaquia (Como debe ser) y por ende el Plan de desarrollo tampoco, si tiene todo el potencial para dejar la tauromaquia y sus relacionadas herida de gravedad.
Cordialmente,
resistencia_natural@yahoo.com
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